Soy afectado por el IRPH, estoy escuchando y leyendo varias cosas sobre el tema pero no tengo nada claro el asunto. ¿Ya se puede reclamar IRPH al banco? ¿Hay que seguir esperando? ¿Pero a qué esperamos? Es que no sé muy bien cómo va el asunto, lo poquito que sé es por lo que leo en algún foro en internet. Agradecería cualquier información.
Pues lo primero que debes saber es que el TS dictó una Sentencia en la que recogía que los jueces españoles no podían declarar nulo el IRPH al ser un índice hipotecario oficial. Lo cual causó un grave perjuicio a todos los afectados por el mencionado índice. Posteriormente, la cuestión fue elevada al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, del cual se espera la Sentencia para principios del mes de marzo del presente año.
Ahora mismo la situación sigue un poco en suspense, sí te puedo adelantar que tanto los informes de la Comisión Europea como del Abogado General son favorables en cuanto a la declaración de nulidad del IRPH. Siempre y cuando no se proporcionara la información adecuada al consumidor, pero ambos informes no son vinculantes.
Reclamar IRPH
Mi recomendación es que te mantengas informado al respecto para cuando sea publicada dicha Sentencia (la cual esperamos que sea favorable para todos los afectados) puedas tomar las medidas legales a la mayor brevedad posible. Pongo nuestro despacho a tu disposición, pues somos expertos en velar por los intereses de los consumidores ante cuestiones de este tipo, como reclamar IRPH.
Mi ex marido me lleva un tiempo insinuándo que va pedir un cambio en la custodia de nuestras dos hijas, hasta ahora la he tenido yo porque era lo más beneficioso para las niñas ya que él llevaba y lleva una vida muy desordenada. ¿Puede conseguir el cambio de custodia por su simple capricho? Es que a mi compañera de trabajo le ha pasado algo parecido y sí le han cambiado el régimen de custodia, con la diferencia que su ex pareja es un excelente padre.
Es cierto, que cada vez son más los Tribunales que consideran que lo mejor para los menores es compartir su vida con ambos progenitores, pero esto no ocurre siempre. No siempre la custodia compartida es el mejor régimen para proteger los intereses de los menores, el cambio que me dices que va a solicitar tu ex marido se producirá siempre y cuando eso sea lo mejor para las niñas, siempre que haya un cambio en las circunstancias y que éstas sean más beneficiosas para las menores, pues de no ser así no se cambiará el régimen de custodia. El hecho de la custodia compartida no es la única forma de proteger los intereses de las menores, así lo ha recogida una reciente Sentencia del Tribunal Supremo de fecha de 20 de enero del presente año.
Qué tienen en cuenta el Ministerio Fiscal y el Juez
Debes pensar, que en éste tipo de procedimiento, únicamente se busca lo mejor y más beneficiosos para los menores. De ello se encarga el Ministerio Fiscal y el propio Juez, por lo que nada se somete al mero capricho de uno o de ambos progenitores. Sí es cierto que tu ex marido puede solicitar una modificación del régimen de custodia, pero ello no quiere decir que la vaya a conseguir. Depende de varios factores como te he explicado previamente. Si definitivamente te ves envuelta en ese procedimiento judicial, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, te ofreceremos un amplio asesoramiento, objetivo y pensando siempre en lo mejor para tus hijas.
José Miguel Campos Parra. Director de DERECCHO Abogados.
Puedes enviarnos tus consultas a través de nuestra web: dereccho.es. Solamente serán publicadas las consultas con la autorización expresa del consultante.