Hace algún tiempo deje de pagar el servicio de electricidad porque mí situación económica era muy mala como la de muchos españoles, después de un tiempo pagué mi deuda, pero mi sorpresa ha sido cuando he ido con mi pareja a pedir un crédito al banco y me han dicho que soy cliente de riesgo y que aparezco en una lista de morosos, mí pregunta es ¿por qué estoy en una lista de morosos si ya pagué la deuda? ¿Qué debo hacer para desaparecer de ella?
Pues debo decirte que muchas empresas trabajan de ésta forma, quiero decir, que algunas empresas después de reclamarles el pasivo a sus deudores y no obtener respuesta acuden a estos servicios. Generalmente esas empresas que se encargan de los listados de morosos suelen comunicarlo a los deudores, aunque no es algo preceptivo; no sé si a ti te ocurrió así.
En muchos casos, después de pagar la deuda no eliminan los datos de esa persona, para ello, debes escribirles, aportar el justificante de que ya abonaste la deuda pues esa reseña que aparecen en el listado de morosos es inexacta y solicitar la rectificación de esos datos y la cancelación de los mismos pues tienes derecho a ello como lo indica la L.O. de Protección de Datos de Carácter Personal en su artículo 16. Es más, si no recibes respuesta afirmativa, puedes presentar una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos, dicha denuncia la puedes hacer a través de la página web de ésta institución, mediante su sede electrónica, o por escrito. Ésta institución es muy eficaz y sancionará a esa empresa si lo considera apropiado y ajustado a derecho.
Soy una afecta por la fatídica cláusula suelo, he leído que el tema se ésta debatiendo a nivel europeo y que no parece que el consumidor vaya a ganar en éste asunto.¿debo reclamar judicialmente o no valdrá la pena luchar contra el banco?
Por supuesto que debes reclamar judicialmente la cantidad que te haya cobrado de más tu entidad bancaria por contemplar en tu hipoteca la famosa cláusula suelo. Indicarte que nuestro despacho, hasta el día de hoy, ha ganado todas las demandas presentadas por ésta cuestión, y que en todos los casos se ha recuperado la cantidad pagada de más desde el 9 de mayo del 2013.
En lo referente al ámbito europeo, es cierto que el Abogado General de la UE, en su reciente dictamen ha indicado que no es partidario de que se conceda judicialmente la retroactividad total, por el perjuicio económico que causaría a las entidades bancarias, y es más cierto que dicho dictamen suele ser precedente a la Sentencia del Tribunal Europeo, pero no hay que olvidar que la Comisión Europea sí era partidaria de conceder la retroactividad total. Por ello, y porque al menos la devolución desde mayo de 2013 está garantizada, te animo a tí y a todos los afectados por cláusula suelo a que acudáis a los Tribunales a reclamar lo que es vuestro por derecho.
José Miguel Campos Parra. Director de DERECCHO Abogados.
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