De Participaciones Preferentes y Deuda Subordinada.

Las entidades financieras necesitan fondos, eso es un hecho. A partir de 2009 con la crisis económica, la exagerada implicación de las Cajas de Ahorros en el ladrillo, el colapso de los mercados financieros internacionales con la quiebra de Lehman Brothers en 2008 y otros casos similares, la necesidad de bancos y cajas de obtener recursos se ha incrementado sustancialmente. ¿De dónde han sacado, en parte, esos recursos? Muy sencillo: de los pequeños ahorradores. ¿Cómo lo han hecho?, emitiendo productos financieros como las participaciones preferentes y la deuda subordinada.

Las participaciones preferentes son un instrumento financiero que al contratarse no otorga derechos políticos al inversor, de retribución fija condicionada a la obtención de beneficios, y duración perpetua. Los titulares de participaciones preferentes son los últimos en cobrar en caso de quiebra de la entidad emisora, solo antes que los accionistas. Naturalmente, no están garantizadas por el Fondo de Garantía de Depósitos.

En cuanto a la deuda subordinada, es un producto de renta fija a largo plazo, de alta rentabilidad, y a su vez un alto riesgo y baja liquidez. Es deuda, como los bonos y los pagarés, pero de una calidad muy inferior. Su alto riesgo está vinculado directamente a la solvencia de la entidad que la emite. Al igual que en las preferentes, no está garantizada por el Fondo de Garantía de Depósitos. Si la entidad quiebra, cobrarían solamente delante de los titulares de preferentes y de los accionistas. O sea, que lo normal es que no cobren nada. En 2009 fueron declaradas productos tóxicos y, a pesar de ello, han seguido comercializándose.

Dicho esto, DERECCHO Abogados lanza la siguiente pregunta: ¿Qué pasa cuando se “colocan” masivamente estos productos entre ahorradores de perfil conservador (invertir sin riesgos), como son, por ejemplo, los pensionistas? Sucede lo que estamos viendo a diario en los medios: miles de inversores que han asumido un riesgo que desconocían están sufriendo una suerte de corralito que mantiene sus ahorros inmovilizados.

Ante esto, recomendamos encarecidamente exigir al banco la inversión completa. Lo más seguro es que las quejas se las lleve el viento, por lo que habría que pasar automáticamente a una defensa procesal de calidad. Esta será, posiblemente, la única forma de recuperar lo invertido, con sus correspondientes intereses y costas procesales a cargo del banco o caja.

Tienes DERECCHO a recuperar tu capital invertido en un riesgo que desconocías, y a que el banco pague su conducta a este respecto.

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