Sobre viviendas con cargas, protección del menor y presupuestos comerciales.

 Buenos días, compré hace unos meses una vivienda a través de mi banco, y me aseguraron que estaba libre de cargas. Habiendo firmado ya ante notario y todo el papeleo hecho, voy a conectar el agua y me dice la compañía que no me la conectan porque se deben 430 euros del anterior propietario, y que hasta que no se pague que no me dan el alta. ¿Qué puedo hacer? Carlos Llerena.

La vivienda, en efecto, está libre de cargas. Cuestión distinta es la deuda que tenga el anterior propietario con la compañía del agua, que aún con un nuevo propietario se mantiene.

Usted no tiene porque hacerse cargo de dicha deuda. Ésta práctica es una manera, de muy dudosa legalidad, que tienen este tipo de compañías para que el nuevo propietario se haga cargo de la deuda del anterior. Nuestro consejo es que acuda a la Oficina del Consumidor y ponga allí su queja. Por esta vía la compañía se dará cuenta de que conoce sus derechos y que está dispuesto a hacerlos valer, y posiblemente corrijan su actitud antes de llegar a palabras mayores.

La semana pasada vi en un bar, desde la calle, a una persona jugando a las tragaperras. Lo que me llamó la atención es que juraría que era menor, por el aspecto que tenía, y al camarero no parecía importarle. ¿Hay alguna responsabilidad legal en lo que vi? Anónimo

Pues la responsabilidad es del propio establecimiento, y no es precisamente poca. Si llegara a conocimiento de las autoridades, le podría caer una multa enorme, incluso el cierre. Es más, el responsable del bar podría estar cometiendo un delito. La autorización de la instalación de la máquina es clara en estos términos, y el propietario del bar la aceptó. Amén de que no hay que ser un lince para intuir un hecho ilícito en un menor jugando a una máquina tragaperras.

En cuanto al menor, no tiene responsabilidad por estos hechos, en tanto en cuanto los menores no tienen responsabilidad adulta.

He acordado con mi dentista un presupuesto de una ortodoncia para mi hija. Pues cada dos por tres me cobra un suplemento con cualquier excusa, aunque lo que haga es la revisión normal del aparato, sin salirse de ahí. ¿para qué me sirve entonces el presupuesto? Joaquina Solís.

El presupuesto vincula al dentista contigo y ha de cumplirlo como contrato que es y que ha sido aceptado. Tu dentista debería ceñirse al presupuesto en todo lo relacionado con la ortodoncia, y si surgen otros trabajos a realizar que se deban cobrar aparte, debe avisártelos antes y esperar tu conformidad. No accedas a pagos “extras” si no te los avisa antes, y no veas que son ajenos completamente a la ortodoncia.

 

Mándanos tus dudas a info@dereccho.es

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