Sobre consultas de los ámbitos Civil y Penal

Cambié de compañía de teléfono porque me hicieron una oferta mejor que la que tenía, y me dijeron que en unos 5 días estaría todo solucionado, portabilidad, fibra en casa… pero han pasado 10 días y todo sigue paralizado. ¿Puedo cancelar ese contrato aunque esté firmado?

Sí puedes desistir de ese contrato, pues el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias así lo recoge, es más, el plazo del que dispone los  consumidores y usuarios para desistir es de al menos 14 días. La propia compañía debería haberte informado de esto, por lo tanto, si no estás conforme como se está tramitando todo puedes desistir de ese contrato sin ningún tipo de problema ni penalización, es más, estás en todo tu derecho de hacerlo.

Hace un tiempo me pusieron unas determinadas medidas cautelares en un tema familiar, la verdad es que una de ellas no la cumplí de forma correcta, y ahora me ha llegado una carta en la que me pueden condenar por quebrantamiento de condena ¿es posible?

Lamento decirte que sí, pues así lo indica nuestro Código Penal, la regla general que indica la mencionada norma es que los que quebrantaren su condena, en éste caso medida cautelar, serán castigados con pena de prisión de seis meses a un año si estuvieran privados de libertad, y con la pena de multa de doce a veinticuatro meses en los demás casos.

José Miguel Campos Parra. Director de DERECCHO Abogados.

Puedes enviarnos tus consultas a través de nuestra web: dereccho.es. Solamente serán publicadas las consultas con la autorización expresa del consultante.

Compartir noticia

Facebook
Twitter
LinkedIn
Ir arriba