Soy autónomo desde hace 3 años, mi negocio va bastante bien por lo que estoy pensando en contratar a una persona porque en realidad no puedo con todo el trabajo y menos aún en las fechas que se aproximan. ¿Me podría indicar los pasos a seguir para poder hacer ese contrato?
Pues en un principio debo indicarte que debes inscribirte como empresario en la Tesorería General de la Seguridad Social (si aún no lo has hecho), una vez inscrito en ésta institución se te entregará un CCC (Código de Cuenta de Cotización). Éste código se utiliza para identificarte como empresario.
La documentación que debes aportar es tu DNI, la solicitud o el modelo TA6 o TA7 (dependiendo de tu caso en concreto) y tu Alta de Hacienda. Posteriormente ya puedes dar de alta al trabajador que deseas contratar. Recuerda que tienes un plazo de 10 días para comunicarle al SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) dicha contratación y aportarles copia del contrato. Además, debo indicarte que si se produce algún cambio en relación a la contratación de ese trabajador, incluido el despido del mismo, debes comunicárselo a la Seguridad Social. Son trámites áridos y un poco complicados por lo que te recomendamos que pongas tales gestiones en manos de profesionales.
Hace 5 años mí amiga y yo montamos una peluquería, mi amiga por diversos motivos quiere dejar la peluquería; Me gustaría registrar la marca de la peluquería porque han sido muchos años trabajando duro para que en un tiempo mi amiga quiera montar otro negocio por su cuenta y tengamos problemas….por el nombre de la marca. ¿Cómo debo registrar la marca para que nadie pueda poner el mismo nombre de mí peluquería a su negocio?
Pues como bien dices debes registrar la marca para que nadie pueda utilizar dicho nombre. La solicitud la debes presentar en el órgano competente de la Comunidad Autónoma donde tengas tu domicilio o un establecimiento industrial o comercial serio y efectivo. (Así nos lo indica el Art.11.1 de la Ley de Marcas).
La solicitud del registro de la marca deberá contener como mínimo: Una instancia por la que se solicite el registro de marca; La identificación del solicitante; La reproducción de la marca y la lista de los productos o servicios para los que se solicita el registro. Recuerda que además debes pagar una tasa. Te animo a que lleves a cabo éste procedimiento para que en un futuro no haya problemas con tu amiga si decide iniciar una nueva aventura empresarial en éste sector.
Si encuentras algún inconveniente o no te ves capacitada para llevar a cabo estos trámites que pueden llegar a ser bastante enredosos, ponte en contacto con nuestro despacho y te solucionaremos el problema a la mayor brevedad posible.
José Miguel Campos Parra. Director de DERECCHO Abogados.
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