Este año, soy presidente de mi comunidad…

 

 

Este año soy la presidenta de mi comunidad de propietarios, tenemos una piscina no muy grande pero es cierto que casi todos los propietarios tenemos hijos pequeños que disfrutan de ella, pero al tener este año el cargo de presidente me preocupa bastante el tema relacionado con la contratación de un socorrista para la misma, porque hasta ahora ha habido años que hemos tenido socorristas y otros no. Mi pregunta es ¿es obligatorio el contratarlo? ¿Depende de alguna característica concreta de la piscina?

Pues en cuanto a la normativa estatal no puedo aclarar tus dudas, pues la misma no indica nada sobre ello, debemos centrarnos en la normativa de tú Comunidad Autónoma, pues para cada Comunidad es diferente, podría variar por los metros de la piscina, por el número de viviendas que forma la Comunidad… e incluso por vuestros propios estatutos. Lamento no poder contestar tu pregunta de forma más clara pero necesitaría saber más datos de tu domicilio, por lo que no dudes en ponerte en contacto con nosotros para ampliar la información.

Si necesitas cualquier otra aclaración sobre derecho administrativo en Cáceres, estamos a tu disposición para contestarte.

José Miguel Campos Parra. Director de DERECCHO Abogados.

Puedes enviarnos tus consultas a través de nuestra web: dereccho.es. Solamente serán publicadas las consultas con la autorización expresa del consultante.

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