Tengo pendiente un Juicio sobre la custodia de mi hija, hay cosas que sólo puedo probar por mensajes de whatsapp, ¿podría valer como prueba en ese juicio esas conversaciones que son muy importantes y esclarecerían muchas cosas?
Sí puedes aportar esas pruebas siempre y cuando sea el momento procesal oportuno. Actualmente y con la evolución de las tecnologías, nuestros Tribunales admiten éste tipo de pruebas, conversaciones o imágenes de Whatsapp, correos electrónicos…Mi recomendación es que vayas a un Notario para que levante un acta notarial para que recoja el contenido de esas conversaciones y la procedencia de los números de teléfonos que intervienen en la misma, pero debo recordarte que luego dependerá del Juez, que será la persona que debe indicar si esa prueba es válida y si se admite a trámite.
Lo hemos recordado ya muchas veces, pero no podemos dejar pasar la ocasión para recordar a nuestros lectores que tengan mucha precaución con lo manifestado y enviado en plataformas como whatsapp, puesto que por escrito queda, y con constancia del emisor y receptor.
Fui condenado por una Sentencia y quería recurrirla pero me han dicho que ya es firme ¿realmente no puedo recurrirla o hay alguna posibilidad?
Siento decirte que si la resolución de un Tribunal, en éste caso una Sentencia, es firme no se puede recurrir, precisamente el art. 207 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en su apartado 2, define a la resoluciones firmes como aquéllas contra las que no cabe recurso alguno bien por no preverlo la ley, bien porque, estando previsto, ha transcurrido el plazo legalmente fijado sin que ninguna de las partes lo haya presentado.
Además, en el apartado 3 de mismo cuerpo legal se indica que las resoluciones son firmes y se entienden por cosa juzgada, por ello, el tribunal del proceso en que haya recaído deberá estar en todo caso a lo dispuesto en ellas.
Lamento decirte que debes acatar lo que te indique la Sentencia, pues ya no puedes hacer nada judicialmente.
José Miguel Campos Parra. Director de DERECCHO Abogados.
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