Derecho Civil: Controversias con bancos. #tienesdereccho

Hace dos meses encontré trabajo y me puse al día con los pagos de la hipoteca, los otros dos meses anteriores a que tuviera de nuevo trabajo me retrase en el pago de la cuota hipotecaria y me cobraron unos intereses altísimos por esos retrasos. Le pregunté al personal del Banco y me dijo que “eso estaba correcto que para la próxima procure no retrasarme”. Mi pregunta es ¿El Banco me puede cobrar tanto dinero por dos retrasos?

La entidad bancaria puede cobrarte unos gastos de demora si te retrasas en el pago de la cuota hipotecaria, pero estos no pueden ser abusivos, es decir, están en su derecho de cobrar intereses de demora pero dentro de unos parámetros legales, en este caso las Sentencias del Tribunal Supremo, dice que ese tipo de interés no debe superar los dos puntos porcentuales.

Incluso el art. 114 de la Ley Hipotecaria fija como límite para los intereses moratorios el triple del interés legal.

Para poder asesorarte de forma adecuada debería saber cuánto te han cobrado y estudiar las escrituras de tu préstamo hipotecario, por lo que si lo deseas no dudes en ponerte en contacto con nosotros y te lo explicaremos de forma detallada. Pero la cuestión principal es que si la cláusula mencionada sobrepasa esos límites se puede considerar abusiva, y por tanto, habrá que eliminarla del préstamo. El procedimiento se inicia con una reclamación extrajudicial a la entidad requiriéndose que la elimine, en el caso de que haga caso omiso, sólo queda la vía judicial. Te animo a que tomes medidas al respecto.

José Miguel Campos Parra. Director de DERECCHO Abogados.

Especialistas en Derecho Civil

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