Sobre baja por maternidad, el derecho a cobrar pensión, y otros temas.

Estoy embaraza de casi 4 meses,  pero tengo un embarazo de riesgo por lo que ayer me tuve que dar de baja, mi jefe me ha dicho que es muy pronto para estar de baja  por el embarazo, mi contrato finaliza en Agosto, mi  pregunta es ¿tengo derecho a cobrar la baja por maternidad?

Tienes derecho a cobrar tu sueldo completo hasta que se extinga tu contrato, a pesar de no asistir a trabajar por tu embarazo. Al ser  un embarazo de riesgo tendrás documentación médica que justifique tus problemas por lo que no te preocupes que deben pagarte íntegramente tu salario.

El sábado pasado por la noche tuve una pelea en un bar con un chaval, la verdad es que llegamos a las manos por una tontería, la pelea no fue nada, pero me han dicho unos conocidos que lo que quiere  es denunciarme y que le indemnice, ¿podría hacerlo?

Sí podría denunciarte por agredirle, aunque el tema de la indemnización no se concede por el mero hecho de decir que te has pelado con alguien, se valorarán los daños personales y materiales que le has causado ó en el caso de que tú también le denuncies a él, se valorarán los daños de ambos, y debo indicarte que en función de esos daños podrían condenarte por un delito de lesiones y sus respectiva pena que aparece indicada en el Código Penal.

Tengo una minusvalía del 31%, por la que cobro una pequeña pensión pero que apenas me da para vivir y mantener a mí familia, he tenido la suerte de encontrar trabajo, pero ¿qué debo hacer para mantener esa pensión?

Pues antes de nada debes tener la certeza que no te afecte a tu salud, es decir, discapacidad o minusvalía por la que te concedieron esa pensión y que no te agrave tu enfermedad,  y debes solicitar una autorización a la Seguridad Social en la que te reconozca tu derecho a poder convalidar tú minusvalía con ese puesto de trabajo que has conseguido.

Mi recomendación es que antes de comenzar a trabajar tengas todos los papeles y autorizaciones en rigor  para no encontrarte con sorpresas desagradables ó con alguna sanción inesperada por parte de la Seguridad Social.

Vivo en una casa alquilada con mis dos hijos pequeños y mi marido, cuando firme el contrato de alquiler una de las clausulas es que no podía traer mascotas a la casa, y en aquella época no me importó, pero ahora le han regalado a mí hijo un perro. ¿Qué puedo hacer? ¿Me podrían quitar el contrato por eso a pesar de estar firmado hace muchos años?

El propietario podría rescindir el contrato pues se está incumpliendo una de las clausulas que firmasteis ambas partes en el mismo, estaría en todo su derecho,  ya que el hecho de introducir animales en la vivienda estaría vulnerando el contrato firmado; la cuestión  de ser un pacto firmado hace algunos años no afecta al contenido del mismo ni a su eficacia, a no ser que el contrato recoja algo así como: “no se pueden introducir animales los 3 primeros años de  validez del contrato”. Si no recoge algo referente a algún plazo, siento decirte que lo acordado en el contrato es lo que importa en éste caso.

Siempre puedes intentar hablar con el propietario de la vivienda/arrendador e intentar modificar esa clausula del contrato o llegar a un acuerdo con él.

José Miguel Campos Parra. Director de DERECCHO Abogados.

Puedes enviarnos tus consultas a través de nuestra web: dereccho.es. Solamente serán publicadas las consultas con la autorización expresa del consultante.

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