Algunas cuestiones sobre el testamento, y otros temas.

Tengo hecho Testamento desde hace 7 años, y quiero cambiar algunas cosas de él, como incluir a mis dos nietas. Tengo una duda ¿debo hacerlo ante el mismo Notario? ¿debo avisarle? Es que he cambiado de ciudad y eso me causaría graves inconvenientes.
No tienes por qué modificar tu testamento ante el mismo notario, puedes hacerlo dónde desees, y tampoco tienes que comunicárselo al notario anterior. Recuerda que puedes cambiar el testamento tantas veces como quieras; el testamento que tendrá validez será el último que hubieras realizado.

Mi abuela ha fallecido recientemente, pero hace más de 5 años que no tengo relación con ella, a pesar de no tener relación con ella ¿puedo saber si hizo testamento?
Claro que puedes, cualquier persona puede saberlo, sólo tienes que pedir el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades; en éste último aparece indicado si la finada realizó o no testamento. Piensa que tanto el Registro Civil como el Registro de Últimas Voluntades es público y que todo el mundo puede acceder a él pagando la tasa correspondiente.

Tengo mi número de teléfono móvil desde hace muchísimos años en la misma empresa de teléfono, pero ahora me han hecho una buena oferta en otra compañía, mi pregunta es ¿puedo conservar ese mismo número de teléfono o estoy obligado a cambiarlo al cambiar de compañía?
Puedes conservar ese mismo número de teléfono, no te pueden obligar a cambiarlo, solamente debes solicitarlo. Los operadores no se pueden negar a donar la numeración a otro operador. Sólo podrán negarse cuando exista alguna incidencia. Pero si no hay ningún tipo de error no debes de tener problemas de mantener el mismo número.

No tengo una buena relación con mi hija, en realidad es casi nula, pero no quiero que ocurra lo mismo con mis nietas (aún son muy pequeñas), yo como abuela ¿tengo derecho a ver y poder tratar con mis nietas?
Sí tiene derecho, pues así lo indica el art. 160.2 de nuestro Código Civil, en el que se indica que “No podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del menor con sus hermanos, abuelos y otros parientes y allegados”. Lo cual quiere decir que si no existe realmente un problema o situación lo suficientemente grave entre las partes, puede ver a sus nietas. Si no consigue solucionarlo por la vía extrajudicial, puede presentar una demanda para solicitar un régimen de visita y no perder así el contacto con sus nietas. Pongo nuestro despacho a tu disposición para cualquier trámite que le sea necesario.

José Miguel Campos Parra. Director de DERECCHO Abogados.
Puedes enviarnos tus consultas a través de nuestra web: dereccho.es.Solamente serán publicadas las consultas con la autorización expresa del consultante.

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